Deliberación 15/2022 – TQRIF: Carta de servicios, Reglamento, Formularios

Últimas semanas antes de la entrada en vigor del “Texto único para la regulación de la calidad del servicio de gestión de residuos urbanos” (TQRIF) de Arera, prevista para el 1 de enero de 2023: ¿Qué pasos se deben seguir desde el punto de vista normativo?

De hecho, los nuevos están claros obligaciones de calidad contractual y técnica del servicio de gestión de residuos urbanos previstos en la resolución y los indicadores y sus respectivos estándares generales a cumplir (hemos profundizado en el tema aquí: https://www.sikuel.it/gestione-rifiuti/delibera-15-arera-tqrif/); otro aspecto podría parecer más complejo: la adecuación de las disposiciones normativas y reglamentarias ya existentes a lo establecido por la resolución Arera o su introducción en los documentos actualmente en vigor.

Una argumento es que se trata de obligaciones de servicio a cargo de todos los gestores, independientemente de su posición en el esquema de la matriz regulatoria establecida por el ente territorialmente competente, a diferencia de lo que ocurre con los estándares relativos a la calidad contractual y técnica.

Sikuel ofrece un servicio de consultoría y soporte normativo a los Organismos involucrados en este recorrido, a través de una primera fase de evaluación y de comparación sobre las nuevas obligaciones en materia de gestión de residuos urbanos y de recopilación de la documentación existente (reglamento de higiene ambiental, reglamento tributario y carta de servicios, si existe) y, posteriormente, con la implementación de las correcciones necesarias para el ajuste.

Pero cuáles son las modificaciones normativo-reglamentarias qué medidas adoptar para cumplir con las nuevas disposiciones de Arera?

 

Adecuación del reglamento de la TARI/TARIP

La deliberación Arera requiere una actualización de las disposiciones reglamentarias no ya reguladas por la ley 147/2013 y el D. Lgs. 116/2020, en virtud del respeto del principio de jerarquía de las fuentes. Específicamente, se trata de perfeccionar:

  • las modalidades de activación del servicio;
  • las modalidades para la modificación o cese del servicio;
  • los procedimientos para la presentación de reclamaciones por escrito y la rectificación de las cantidades facturadas;
  • las modalidades de gestión de las solicitudes escritas del usuario;
  • el plazo de pago;
  • las solicitudes de rectificación de importes cobrados pero no adeudados;
  • los términos, las modalidades y los instrumentos de pago en régimen de Tari y en régimen de tarifa sujeta a pago;
  • los reembolsos;
  • la periodicidad de cobro;
  • las modalidades de fraccionamiento de pagos.

Además, el gestor tiene la obligación de preparar documentos y modelos que incluyan información mínima que se mostrará al usuario para informarle sobre las condiciones de prestación del servicio y las acciones que puede tomar.

 

➤ Confía en Sikuel: así te ayudamos

Nuestro servicio consiste en la revisión reglamentaria de todos los aspectos aplicativos del tributo y la armonización del reglamento de la tasa de residuos con el reglamento de higiene ambiental, con el fin de redactar la carta de servicios, si no está presente, o su modificación.

Además, para apoyar al responsable en la preparación de la documentación solicitada, nuestro servicio incluye la revisión o la preparación, en caso de que falten, de los modelos di

  • Solicitud de activación del servicio (ex Declaración de apertura TARI) en línea con los elementos requeridos en el art. 6.3 del TQRIF;
  • respuesta a la solicitud de activación del servicio que contiene elementos del art. 7.1 del TQRIF;
  • solicitud de variación/cese del servicio que contenga todos los campos requeridos en el art. 10.3 del TQRIF;
  • acknowledgement of the request for change/termination of service containing the elements referred to in art. 11.1 of the TQRIF;
  • solicitud de corrección de importes;
  • predisposición de un modelo de reclamación;
  • previsiones de un modelo de respuesta a solicitudes de información, reclamaciones o rectificación de importes que contenga los elementos previstos en los artículos 18.1, 18.2 y 18.3 del TQRIF;
  • la adecuación (para las entidades informatizadas de Maggioli) o el soporte a la revisión del aviso de pago;
  • la supervisión de las fechas de emisión y de vencimiento de los pagos.

 

Adecuación del reglamento de higiene ambiental

Las nuevas disposiciones introducidas por Arera inciden directamente también en el reglamento de higiene ambiental. Un ejemplo, sobre todo, es la identificación de los perfiles de calidad característicos de los diferentes servicios de higiene urbana.

➤ ¿Qué puede hacer Sikuel por ti?

Nuestra intervención consiste en el análisis del documento vigente en aras de la recepción de las disposiciones Arera y, posteriormente, de la armonización de la disciplina con el reglamento tributario y la definición de la carta de servicios.

 

Elaboración de la carta de calidad de los servicios

Según el art. 5 del TQRIF/Arera, la Entidad territorialmente competente debe dotarse de la carta de calidad del servicio de gestión de residuos urbanos, que se publicará en el sitio web del gestor. La carta debe indicar la posición de la gestión en la matriz de los esquemas regulatorios y especificar, con referencia a cada servicio, las obligaciones y los niveles de calidad esperados para los servicios prestados y sus modalidades de uso, incluidas las reglas de relación entre usuarios y gestor del servicio de gestión de residuos urbanos.

➤ Dirígete a Sikuel para tu carta de calidad

El servicio de asistencia regulatoria de Sikuel respecto a la redacción de la carta de calidad incluye varias intervenciones:

  • soporte al gestor de tarifas en la redacción y/o adaptación de su carta de servicios;
  • soporte a los gestores técnicos (recogida y transporte de residuos, lavado y barrido de calles) a la adecuación de su carta de servicios;
  • en caso de pluralidad de gestores de los servicios individuales, la integración en un único texto coordinado de los contenidos de las Cartas de Calidad elaboradas por los diferentes gestores, cada uno para los servicios de su respectiva competencia;
  • apoyo al ente territorialmente competente para la aprobación de la carta de servicios de cada gestión individual.

 

Completarán el proceso de actualización normativo-regulatoria para el inicio del TQRIF en dos fases:

  • Gestión del número gratuito al que el usuario puede dirigirse sin costo alguno.;
  • Soporte a la entidad en la preparación de informes y del reporte, según el esquema adoptado, que se enviará a la Autoridad, que certifica los servicios sujetos a la medición de los niveles generales de calidad, y en la elaboración de todos los documentos administrativos necesarios para la aprobación del Consejo o Junta Municipal.

 

 

Para obtener más información sobre nuestros servicios de asesoramiento y asistencia normativo-reglamentarios, envíenos una solicitud completando el siguiente formulario o contáctenos a los números 0932 667555 / 348 6185167 o al correo electrónico commerciale@sikuel.it

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