El plan, tal como lo anunció el propio Patuanelli —Ministro del Desarrollo Económico— moviliza 7 mil millones de euros y pretende servir como palanca para las inversiones dedicadas a la transición digital y a la evolución tecnológica de las empresas italianas.
Por lo tanto, las empresas pueden beneficiarse de la nueva ayuda a la inversión, que se detalla a continuación, para las inversiones realizadas en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020, con prórroga hasta el 30 de junio de 2021, siempre que se hayan emitido pedidos aceptados por el vendedor y pagados con anticipos por al menos el 20%, antes del 31 de diciembre de 2020.
Inversiones subvencionables
Desde un punto de vista objetivo, la ayuda se refiere a inversiones en:
- Bienes materiales nuevos instrumentales para el ejercicio de la actividad empresarial;
- Activos intangibles nuevos instrumentales para el ejercicio de la actividad empresarial, as identified in Annex Bannesso to Law 11.12.2016, n. 232, as supplemented by art. 1, paragraph 32, of law 27.12.2017, n. 205 (software funcionales para la transformación tecnológica según el modelo Industria 4.0) (art. 1 – apartado 187).
Inversiones excluidas de la facilidad
- Bienes indicados en el art. 164, apartado 1, TUIR (vehículos y otros medios de transporte, tanto en los casos en que se utilicen exclusivamente para el ejercicio de la actividad empresarial - bienes deducibles en su totalidad - como cuando se utilicen con fines no exclusivamente empresariales)
- Bienes para los cuales el D.M. 31.12.1988 prevé coeficientes de amortización inferiores al 6,51 %
- Edificios y construcciones
- Bienes a los que se refiere el anexo 3 adjunto a la Ley 28.12.2015 n. 208
- Devolución gratuita de artículos de empresas que operan en régimen de concesión y tarifa en los sectores de la energía, el agua, el transporte, las infraestructuras, las correas, las telecomunicaciones, la recogida y depuración de aguas residuales, y la recogida y eliminación de residuos.
Medición del crédito fiscal
Es necesario aclarar que el crédito fiscal no está modulado de forma única, ya que se reconoce en medida diferente a seconda della tipología de bienes objeto de la inversión realizada por las empresas beneficiarias.
Bienes materiales funcionales a la transformación tecnológica y digital de las empresas según el modelo “Industria 4.0” (Anexo A adjunto a la Ley 11.01.2016, n. 232) (art. 1, apartado 189)*
– 40% del coste de las inversiones de hasta 2,5 millones
– 20% del coste de las inversiones comprendidas entre 2,5 y 10 millones
Bienes inmateriales (software, sistemas e integración de sistemas, plataformas y aplicaciones) conectados a inversiones en bienes materiales “Industria 4.0” (Anexo B adjunto a la Ley 11.12.2016, n. 232 (art. 1, apartado 190))
– 15% del coste de las inversiones de hasta 700 000 euros
– 61 % del coste de las inversiones de hasta 2 millones de euros
Hazme diferente (art. 1 - párrafo 188)***
– 61 % del coste* para inversiones de hasta 2 millones de euros
* Se hace referencia al costo incurrido por el arrendador para la adquisición de los bienes en caso de que las inversiones se hayan realizado mediante la celebración de contratos de arrendamiento financiero.
También son subvencionables los gastos de servicios en relación con el uso de bienes mediante soluciones de computación en la nube, por la parte imputable por devengo.
El costo debe determinarse de conformidad con el artículo 110, apartado 1, letra b), del TUIR
Las herramientas para informatizar y hacer más competitivas las actividades de las empresas beneficiarias se incluyen tanto en los bienes materiales como inmateriales.
En particular, esta medida permitirá a las empresas de servicios públicos que gestionan servicios para entidades públicas acelerar el proceso de digitalización a través de soluciones de software en la nube y tecnología de hardware integrada, hacia las Ciudades y Comunidades Inteligentes.
Sikuel brinda su experiencia como soporte a través de sistemas integrados presentes en más de 400 municipios de Italia
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