Con la Delibera 443/2019/R/RIF, la Autoridad de Regulación de Energía, Redes y Medio Ambiente (ARERA), que también es competente en Residuos, ha definido los siguientes criterios para la redacción del PEF TARI 2020 y de las Listas de Precios por Tarifa:
- Criterios para el reconocimiento de los costos eficientes de explotación para la gestión de residuos;
– Criterios de inversión de servicio integrado de residuos para el período 2018-2021;
– Criterios de transparencia en la gestión de residuos urbanos.;
Estos procedimientos se vinculan al método tarifario aplicable según la Ley 147/2003, 205/2015 y 158/99, tanto con el sistema de determinación de tarifas de tipo paramétrico estadístico (TARI) como según la valoración puntual prevista en el Apartado 668 de la Ley 147/2013.
El Gestor del Servicio y/o el Ayuntamiento, que es la Autoridad de referencia para la gestión de la tarifa y la relación con los usuarios, tienen por lo tanto la obligación de aplicar los nuevos criterios identificados por la delibera 443/2019/R/Rif para la definición del nuevo PEF TARI, el listado de tarifas, la documentación adjunta y de apoyo a los datos comunicados para el sector de RESIDUOS.
Sikuel S.r.l., en colaboración con GF Ambiente S.r.l., una empresa experta en todo el ciclo de residuos, propone, por lo tanto, un servicio, prestado al Municipio y/o al Gestor, según la aplicación del 158/99, utilizando por tanto la parte fija y la parte variable los coeficientes indicados en el método normalizado, o según la tarificación puntual en el coste si este es el sistema adoptado por la Entidad.
El servicio se estructura de la siguiente manera:
– Envío de una ficha de recopilación de datos cuya cumplimentación será asistida por un técnico competente. Dicha parte del trabajo podrá ser ejecutada directamente en el Organismo interesado y/o vía telemática;
– Verifique todos los datos y cualquier solicitud de actualización, especialmente en lo que respecta a los elementos de gestión y contables del Gestor del servicio;
– Carga de todos los elementos en un software basado en la aplicación correcta del documento MTR (adjunto circular 443/2019 de la Autoridad).
– Importación de datos en el documento de consulta para la EGATO – ARERA según lo indicado en términos de transparencia por la autoridad.
– Desarrollo del PEF TARI 2020 basado en ingresos tarifarios de referencia determinados según las reglas impuestas por ARERA que prevén el cálculo de los puntos enumerados a continuación:
- Cálculo de los ingresos tarifarios de referencia mediante la introducción, a través de una evaluación objetiva, de los costes de mejora de la eficiencia, la suma de los ingresos procedentes de la venta de material y energía, y los ingresos derivados de CONAI, revisados en función de los factores de reparto.
- Comprobación de las condiciones para la reclasificación de los costes fijos y variables
- El límite al crecimiento anual de los ingresos tarifarios mediante la reevaluación de los costos del plano económico-financiero 2028-2019 mediante la determinación de la posible modificación del perímetro y de la calidad del servicio.
- Los costes operativos incentivados y el posible rebasamiento del límite de crecimiento de los ingresos tarifarios
- Determinación de los componentes de ajuste correspondientes a los años 2018 y 2019 y su consiguiente aplicación mediante cálculo e implementación del coeficiente de gradualidad.
- Verificación y certificación de los ingresos previstos
El sistema TARI y la lista de tarifas correspondiente se aplicarán a la Base de Datos oficial del Ayuntamiento para el cálculo real del Tributo 2020 con el fin de verificar su base imponible real y certificar su coherencia con lo previsto.
Si así lo solicita el organismo, se prestará especial atención a la determinación del valor de los costes de capital (CK), con especial atención a las amortizaciones y la remuneración. Obviamente, para esta parte también será necesaria la colaboración del gestor principal del servicio de limpieza urbana.
Lea también la actualización ARERA sobre los términos para la presentación del PEF y la aprobación de las tarifas ante la emergencia de la COVID-19
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