ARERA – Recopilación de datos Calidad del Servicio de Residuos – Prórroga 3 de abril de 2020

ACTUALIZACIÓN DEL 17/03/2020
En consideración del aplazamiento de los plazos previstos por la regulación para los servicios ambientales y energéticos a la luz de la emergencia por COVID-19, de conformidad con la resolución de la Autoridad de 12 de marzo de 2020, 59/2020/R/com, y teniendo en cuenta las solicitudes recibidas de numerosos sujetos, se comunica que se permite la transmisión de los datos y la información solicitados en el marco de las recogidas de datos “Calidad del servicio integrado de gestión de residuos urbanos” y “Calidad del servicio de gestión de tarifas y relaciones con los usuarios”, iniciadas, respectivamente, con las determinaciones de 10 de octubre de 2019, 3/DRIF/2019, y 18 de diciembre de 2019, 4/DRIF/2019, entro il 3 aprile 2020.


ACTUALIZACIÓN DEL 28/02/2020

Prorroga al 16 de marzo de 2020 del plazo para cuestionarios de calidad del servicio de residuos para los municipios que realizan actividades de recogida y transporte y/o barrido de calles
 
ACTUALIZACIÓN DEL 28/01/2020
se han prorrogado hasta el 18 de febrero de 2020 los plazos para cumplir con las obligaciones de transmisión de datos e información relativas a la calidad del servicio de gestión de tarifas y relaciones con los usuarios.
 

RESIDUOS - FECHA LÍMITE IMPORTANTE PARA EL ENVÍO DE DATOS 31 DE ENERO DE 2020
Para los operadores que realizan la actividad de gestión de tarifas y relaciones con los usuarios
RESOLUCIÓN N.º 4/DRIF/2019

CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN 5 DE ABRIL DE 2018, 226/2018/R/RIF
Recopilación de datos sobre la calidad del servicio de residuos
La presente recopilación de datos, a enviar antes del 31 de enero de 2020 y no más tarde de esa fecha, tiene como objetivo:
a) identificar los indicadores y estándares de calidad garantizados por los operadores para la actividad de gestión de tarifas y relaciones con los usuarios y verificar las modalidades de aplicación de los mismos, incluida la gestión de los casos de incumplimiento de los estándares por causas imputables al gestor;
b) verificar la difusión de las Tarjetas de Calidad de Servicio;
identificar posibles relaciones entre el modelo de organización del servicio y la calidad efectivamente prestada por el proveedor;
d) realizar las evaluaciones necesarias para regular la calidad del servicio de gestión de tarifas y relaciones con los usuarios, identificando posibles áreas de homogeneización y eficiencia de los estándares actualmente vigentes con el fin de facilitar la adopción de estándares cualitativos obligatorios y homogéneos en el territorio nacional;
La compilación de los archivos mencionados deberá ir acompañada, entre otras cosas, de:
– una declaración, de conformidad con el d.P.R. 445/00, suscrita por el representante legal, que acredite la veracidad de los datos transmitidos, redactada según el modelo proporcionado por la Autoridad;
– un rapporto di accompagnamento, destinado a obtener información detallada que el sujeto interesado considere funcional para la correcta comprensión de la información y los datos transmitidos;
OBVIAMENTE, antes de proceder a la carga de datos e información de la referida colección, los interesados deberán registrarse en el Anagrafe Operadores de la Autoridad;
Contáctenos para más información al 0932 667555 o en commerciale@sikuel.it

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